Caso Marcos, Prisión por una pintada en la calle y libertad por cocaína visible desde la calle: el doble rasero judicial en Algeciras
El Juez Madroñal Navarro envía a prisión preventiva por llamar «embustero» al Jefe de Policía Jorge Infante Guerrero y en Algeciras (Cádiz)
Una Jueza de Algeciras, se niega entrada y registro aunque la droga se veía desde la ventana. En este país te puedes ir a prisión provisional por una pintada en una pared y quedarte en libertad si en tu ventana se ve cocaína.
No es una exageración. Son dos autos que demuestran el doble rasero con el que se aplica la ley según a quién se critique.
Prisión preventiva por una pintada.Según la documentación a la que hemos tenido acceso, el Juez D. Madroñal Navarro acordó prisión preventiva para un vecino por realizar una pintada en la vía pública en la que, presuntamente, calificaba de «embustero» al Jefe de la Policía Nacional D. Jorge Infante Guerrero.Una pintada. Sin violencia. Sin droga. Sin víctimas.
Un delito de daños y, como mucho, un delito de injurias del art. 208 del Código Penal que es perseguible a instancia de parte y que nunca lleva aparejada prisión provisional.Sin embargo, el auto acordó la medida más grave que contempla la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la del art. 503 LECrim: prisión provisional comunicada y sin fianza.
Medida que la Constitución y el Tribunal Constitucional reservan para riesgo de fuga, destrucción de pruebas o reiteración delictiva grave.¿Qué riesgo de fuga tiene un vecino del Algeciras por una pintada? ¿Qué pruebas va a destruir?
La Jueza de Algeciras niega la entrada y registro de la casa viendo la droga desde la calle.En sentido diametralmente opuesto, en Algeciras, ante un requerimiento policial para entrada y registro en un domicilio donde, según el propio parte policial, desde la vía pública y a través de la ventana se observaban sustancias presuntamente cocaína y útiles para su corte y distribución, la misma titular del Juzgado de Instrucción denegó la autorización de entrada y registro.La Policía tenía la prueba a la vista, con el principio de flagrancia del art. 18.2 CE y art. 553 LECrim. Podía entrar sin autorización.
Pidió autorización por si acaso. Y se la negaron.Resultado: la droga sigue dentro, el presunto traficante en la calle y el atestado archivado .
Conclusión ¿Justicia igual para todos?El art. 14 de la Constitución dice que todos somos iguales ante la ley.No puede ser igual que:Por llamar embustero a un Jefe de Policía en una pared te vayas a prisión preventiva.Y por tener presunta cocaína a la vista desde la ventana de Algeciras te nieguen a la Policía entrar a registrar.
Uno es un delito contra el honor El Juez Madroñal Navarro envía a prisión preventiva por llamar «embustero» al Jefe de Policía Jorge Infante Guerrero y en Algeciras se niega entrada y registro aunque la droga se veía desde la ventana.

